¿Qué se prevé en el dictamen de mayoría que la Cámara de Diputados avaló para avanzar con las reformas en la Ley de Inocencia Fiscal II? Según, Leonardo Favaretto, Socio de Impuestos de BDO en Argentina, la principal modificación introducida durante el debate fue la exclusión de los funcionarios públicos de los beneficios sustanciales del régimen, una decisión que buscó neutralizar las críticas vinculadas a eventuales privilegios para quienes ejercen o ejercieron cargos de poder. “El oficialismo aceptó incorporar esa cláusula que les impide acceder a las presunciones de exactitud de las declaraciones juradas de Ganancias e IVA por los períodos fiscales no prescriptos (bloqueo fiscal) y el efecto liberatorio del pago del impuesto”, apunta el experto. 

La exclusión alcanza no sólo a quienes ocupan actualmente cargos públicos relevantes, sino también a quienes los hayan ejercido durante los cinco años anteriores a la adhesión al régimen. Entre ellos podemos mencionar a: secretarios de Estado o cargos equivalentes del Poder Ejecutivo nacional, provincial, municipal y CABA; legisladores nacionales, provinciales, porteños, concejales y parlamentarios del Mercosur; magistrados judiciales y miembros del Ministerio Público; defensores del Pueblo e integrantes del Consejo de la Magistratura y Jurados de Enjuiciamiento. 

La exclusión de los beneficios del régimen para los funcionarios públicos no sería plena. De aprobarse el proyecto, podrán presentar la declaración jurada simplificada del impuesto a las ganancias (sin informar patrimonio y monto consumido) y pagar el impuesto, pero no accederán a los beneficios especiales tales como: Presunción de exactitud de la declaración; efectos liberatorios del pago; limitaciones a las fiscalizaciones y limitaciones al uso de presunciones de incremento patrimonial no justificado y depósitos bancarios que excedan el monto de ventas declaradas.

Favaretto señala, además, que el dictamen amplía significativamente el universo de potenciales beneficiarios al eliminar los límites patrimoniales y de ingresos que rigen en el actual régimen. Con la eliminación de los topes de facturación y patrimonio ($ 1.000 millones de ingresos anuales y $ 10.000 de patrimonio), el régimen simplificado dejaría de estar orientado exclusivamente a contribuyentes medianos y pasaría a estar disponible también para grandes patrimonios. El dictamen excluye de los beneficios del régimen a los Grandes Contribuyentes. Sin embargo, al igual que los funcionarios públicos, podrán acceder a presentar sus declaraciones juradas de Ganancias bajo el régimen simplificado (sin informar patrimonio ni consumo), pero sin los beneficios especiales del bloqueo fiscal, efectos liberatorios del pago, limitación al uso de presunciones, etc.